El sistema de remuneración de todos los Procuradores de Los Tribunales de España, está regulado mediante Aranceles que es una tarifa oficial de los precios de los servicios que cobramos por nuestro mandato, pues nosotras, como todos los Procuradores, actúanos en virtud de un contrato de Mandato al otorgársenos representación procesal, bien ante un Notario o bien ante el Secretario Judicial, mediante comparecencia Apud Acta, y sin que se admita nunca un devengo no regulado, ni fijación de derechos distintos a los establecidos en la normativa arancelaria. Para ello, nos basamos en los arts. 34 y 40. b) del Estatuto General de los Procuradores de Los Tribunales de España (RD 1281/2002, de 5 de diciembre).

El Arancel de derechos de los PROCURADORES se regula en un reglamento en el que se estipulan los derechos que devenga el Procurador por sus servicios. El arancel de derechos vigentes está aprobado por el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, ARANCEL que ponemos a su disposición AQUÍ  para que en todo momento tenga claro lo que le van a costar nuestros servicios como Procuradores, independientemente de que siempre puede pedirnos presupuesto por adelantado, para saber exactamente cuánto le va a costar nuestro trabajo.

Ponemos a su disposición, además de la normativa arancelaria vigente, una calculadora arancelaria con la que podrá hacerse una idea del importe de los derechos arancelarios en un proceso judicial.

Y en cuanto a MEDIACIÓN, se trata también de unos derechos fijados por la Institución de Mediación, asimismo adjunto le dejamos un enlace para que pueda consultar los precios.

Si tiene alguna duda en cuanto a la interpretación de algún artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros.