Como Procuradores colegiados estamos capacitadas para atender las demandas de Mediación que se nos presenten, como método alternativo y, a su vez, complementario al judicial. Para ellos, hemos han recibido una formación adecuada y homologada y estamos válidamente inscritas en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia, así como en la Unidad de Mediación Intrajudicial de Castellón (UMICAS).

¿Qué es la Mediación?

Es un método que permite a los ciudadanos gestionar o resolver sus discrepancias y conflictos de forma pacífica, dialogada y satisfactoria. El método implica la participación de un Mediador neutral, cualificado y ajeno al conflicto. La figura del mediador es clave, ya que es quien ayudará a identificar el conflicto y a encontrar la solución más adecuada.

Manual de Mediación

¿Cuándo se puede acudir a la Mediación?

Para acudir a la mediación no es necesario que exista un procedimiento judicial abierto. En cualquier situación que surja un problema o incluso en prevención de un conflicto (o en cumplimiento de lo pactado o impuesto por sentencia), cualquier ciudadano podrá solicitar la mediación.

En el caso de que exista un procedimiento judicial ya abierto se tratará de una mediación intrajudicial que no suspende ni dilata el curso del proceso, ya que es más rápido que los propios señalamientos del Juez.

¿Qué ventajas tiene la Mediación?

  • Rapidez: los plazos los fijan las partes.
  • Voluntariedad: cualquier implicado puede abandonar el procedimiento en cualquier momento.
  • Confidencialidad: nadie podrá difundir información sobre lo que se trata en las sesiones ni utilizar la documentación que se aporta.
  • Flexibilidad: se adapta a las necesidades de cada caso

Además, es importante señalar que en los procesos de mediación no existen ni ganadores ni vencidos, ya que son las dos partes las que alcanzan libremente un acuerdo. Dicho acuerdo tendrá valor de Sentencia previa protocolización ante Notario y homologación ante el juez.