El Procurador de los Tribunales representa a su cliente y es el que gestiona la comunicación con el juzgado, pues recibe las notificaciones mientras dura el proceso.
Tanto el letrado que vaya a dirigir el procedimiento, como el cliente, podrán recibir en todo momento de su Procurador, una detallada y continuada información del momento procesal en que se encuentra el mismo, así como estarán al corriente de los plazos y/o señalamientos que para cada actuación procesal se acuerden; así como, será también el Procurador el encargado de recibir prácticamente la totalidad de las comunicaciones del juzgado en nombre de su cliente, y de vigilar para que el procedimiento pueda agilizarse, y su tramitación no se dilate en el tiempo, dando el oportuno impulso procesal.
En definitiva, el Procurador, pues, garantiza la comunicación en tiempo y forma y la rapidez de la tramitación de los procedimientos, todo ello dentro de lo que la Ley le permite.