CUENTAS DE DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES JUDICIALES: INFORMACIÓN GENERAL
Tanto los depósitos como las consignaciones judiciales son aquellos que se constituyen a disposición de los órganos de la Administración de Justicia en el ámbito de los procesos judiciales.
En concreto, son depósitos judiciales:
- Los que se constituyen en cumplimiento de garantías, fianzas, cauciones u otros requisitos procesales establecidos por las leyes.
- Los que se realicen como consecuencia de la intervención, aprehensión o incautación de moneda metálica, billetes de banco, cheques bancarios o valores realizables, efectuados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, por Vigilancia Aduanera o cualquier otro funcionario público, poniéndose a disposición de la autoridad judicial competente.
- Cualquier ingreso que se realice como consecuencia o aseguramiento del embargo de bienes y el de las cantidades que se hallaren durante la práctica de diligencias judiciales.
Son consignaciones judiciales:
- Aquéllas que se realizan en ejecución voluntaria o forzosa de títulos que lleven aparejada ejecución.
- Las que se realicen con finalidad liberatoria por el obligado al pago de una cantidad, o en otros supuestos legalmente establecidos.
Los ciudadanos que, siendo parte de un procedimiento judicial, deban abonar fianzas (por ejemplo, para eludir la prisión o asegurar determinado tipo de responsabilidades), realizar depósitos (para poder recurrir las resoluciones judiciales) o pagar multas impuestas por las autoridades judiciales.
- Cualquier ciudadano que, aún no siendo parte en un proceso judicial, quiera realizar determinados actos con relevancia procesal, como es participar en una subasta judicial.
- El empresario en el supuesto de despido improcedente, cuando opte por la indemnización en lugar de readmitir al trabajador despedido, y al objeto de poner a disposición de éste la indemnización.
- Aquéllas personas que adeudan una cantidad a otra, ante la negativa de ésta a recibir el pago.
- Aquéllas personas o entidades que reciban una orden de embargo o, en su caso, de retención y posterior puesta a disposición por orden de un órgano judicial.
- En general, cualquier persona que reciba una comunicación judicial de poner a disposición del órgano judicial una determinada cantidad.
- Los Procuradores de los Tribunales podemos proceder al ingreso de estos Depósitos o Consignaciones en nombre de nuestros mandantes, siempre que hayamos sido provisionados convenientemente.
Los depósitos y consignaciones judiciales se realizan mediante ingresos de cantidades en una “Cuenta de Depósitos y Consignaciones” abierta en la Entidad de crédito que designe el Ministerio de Justicia. La Entidad de crédito actualmente designada es Banco Santander.
El ingreso se puede llevar a cabo únicamente de las dos maneras siguientes:
- A) PERSONÁNDOSE en cualquier oficina de Banco Santander (o de la entidad colaboradora en caso de no existir oficina de Banco Santander en la plaza del juzgado):
- El ingreso se tiene que acompañar de un formulario (“Resguardo de Ingreso”) que se podrá solicitar en la oficina o en el juzgado. En dicho formulario deberá constar con carácter obligatorio el nombre del órgano judicial o, en su caso, el Servicio Común Procesal que ordena el ingreso y, al menos, los siguientes datos: nombre o razón social de quien realiza el ingreso y de la persona por cuenta de quien se realiza, Número de Identificación Fiscal y domicilio del ordenante, cantidad de la operación reflejada en letras y cifras, concepto en el que se realiza la misma, fecha de la operación y código completo de la cuenta expediente sobre la que se realiza ésta.
- Los 16 dígitos correspondientes al Procedimiento le serán facilitados necesariamente por el órgano judicial; si así lo considera éste se le puede entregar el formulario “Resguardo de Ingreso” ya cumplimentado. En su defecto, la oficina de Banco Santander puede colaborar en la obtención cumplimentada de dicho Resguardo.
Deberá conservar cuidadosamente el ejemplar del resguardo de ingreso debidamente sellado y certificado por el banco dado que es la única prueba de ingreso que le será otorgada y deberá presentar en caso de error o de discrepancia. - El ingreso se podrá hacer:
- A.1) EN EFECTIVO:
- Las monedas admisibles son: el EURO (EUR) o cualquiera de las divisas convertibles al Euro siguientes: Dólar Australiano (AUD), Dólar Canadiense (CAD), Franco Suizo (CHF), Corona Danesa (DKK), Libra Esterlina (GBP), Yen Japonés (JPY), Corona Noruega (NOK), Corona Sueca (SEK) , Dólar Usa (USD), Dólar Neozelandés (NZD) y Dirhams marroquíes (MAD).
- Si tiene cuenta en Banco Santander, se puede solicitar el ingreso directamente desde su cuenta sin necesidad de hacer un reintegro previo.
- A.1) EN EFECTIVO:
-
-
- A.2) MEDIANTE CHEQUE:
- Puede hacer el ingreso con cheque bancario o cheque conformado.
- El cheque irá a nombre del Juzgado o Tribunal que le ha ordenado el ingreso. También se admiten cheques a nombre de la entidad bancaria (Banco Santander).
- No se admitirán cheques al portador, ni cheques de cuentas corrientes, ni cheques EMITIDOS EN EL EXTRANJERO (cualquiera que sea su moneda de emisión) aunque sean países de la UE. Solo serán válidos los cheques bancarios o conformados denominados en EUR (Euros) y emitidos por entidades establecidas en España y participantes del Sistema Nacional de Compensación.
- A.2) MEDIANTE CHEQUE:
-
- B) MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA:
- B.1) Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:
- Emitir la transferencia a la cuenta bancaria de 20 dígitos (CCC) siguiente:
- I.B.A.N.: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274
- En el campo ORDENANTE, se indicará el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso, así como NIF /CIF de la misma.
- En el campo BENEFICIARIO, se identificará al Juzgado o Tribunal que ordena el ingreso.
- En el campo OBSERVACIONES O CONCEPTO DE LA TRANSFERENCIA, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al Procedimiento.
- MUY IMPORTANTE: Estos 16 dígitos correspondientes al Procedimiento tienen que consignarse en un solo bloque. Es importante que este bloque de 16 dígitos este separado de lo que se ponga en el resto del campo por espacios.
Si no se consignan estos dieciséis dígitos o se escriben erróneamente, la transferencia será repelida por imposibilidad de identificación del expediente judicial y será devuelta a origen.- Ejemplo 1 (VALIDO):
9996000005023498 (alquiler mayo-03 C/Carmen 3-4º-1ª) Beatriz Camposanto Beltrán
9996-0000-05-0234-98 (alquiler mayo-03 C/Carmen 3-4º-1ª) Beatriz Camposanto Beltrán - Ejemplo 2 (NO VALIDO):
9996000005023498(alquiler mayo-03 C/Carmen 3-4º-1ª) Beatriz Camposanto Beltrán
9996-0000-05-Proc.0234-98 (alquiler mayo-03 C/Carmen 3-4º-1ª) Beatriz Camposanto Beltrán
- Ejemplo 1 (VALIDO):
- B.1) Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:
- B.2) Si tiene cuenta en Banco Santander, y desea realizar la transferencia desde ella, puede utilizar la Banca Online Supernet por Internet (www.bancosantander.es)
- Pestaña Particulares, Supernet 2.0, ACCESO A MI BANCO. Posición Global >>Pagos y Donaciones>> Pagos>>Pago de Consignaciones Judiciales, o
- Pestaña Empresas, Acceso Rápido, Consignaciones Judiciales,
y consignar los 16 dígitos correspondientes al Procedimiento al cual efectuar el ingreso, así como el concepto del mismo, consiguiendo el ingreso inmediato en la cuenta judicial las 24H del día sin colas en la oficina ni pérdida de tiempo. Puede contactar con la entidad para los detalles operativos.
- B.3) Para grandes empresas, aseguradoras, etc, se recomienda contactar con la entidad bancaria ya que tiene definido un procedimiento que facilita las transferencias masivas (inspirado en el Cuaderno 34 de la AEB).
Tabla de Cuentas de Depósitos y Consignaciones judiciales.
Se proporciona una tabla con datos actualizados de las Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales. La misma contiene datos de los órganos judiciales así como de las oficinas de la Entidad Bancaria que gestionan estas cuentas. Entre los datos de los órganos judiciales se encuentra los dígitos de la cuenta de cada órgano judicial (cuatro dígitos), así como el estado de la misma: alta (en ella se pueden realizar ingresos y cobrar Mandamientos de Devolución de Pago) y bloqueada (en este estado no se admiten ingresos pero sí el cobro de Mandamientos de Pago.
Enlace para los ingresos judiciales: AQUÍ
Aquí les detallamos las claves de los distintos procedimientos judiciales, imprescindibles para la realización de una consignación judicial.
CLAVE CLASE DE PROCEDIMIENTO
0 PROCEDIMIENTOS SIN DETERMINAR
1 APELACIÓN (LEY 1/2000)
2 JUICIO VERBAL INFERIOR A 2000 €
3 JUICIO VERBAL SUPERIOR A 2000 €
4 JUICIO ORDINARIO
5 EJECUCIÓN
6 EJECUCIÓN DE BIENES HIPOTECADOS Y PIGNORADOS
7 JUICIO CAMBIARIO
8 MONITORIO
9 DILIGENCIAS PRELIMINARES
10 ASUNTOS CIVILES INDETERMINADOS
11 EXHORTOS CIVILES
12 APELACIONES CIVILES
13 JUICIOS VERBALES
14 JUICIOS DE COGNICIÓN
15 DECLARATIVOS DE MENOR CUANTÍA
16 DECLARATIVOS DE MAYOR CUANTÍA
17 EJECUTIVOS
18 PROCEDIMIENTO SUMARIO HIPOTECARIO
19 PROCESOS DEL ARTÍCULO 41 DE LA LEY HIPOTECARIA
20 ARRENDAMIENTOS URBANOS
21 ARRENDAMIENTOS URBANOS PROCEDIMIENTO ESPECIAL
22 DESAHUCIOS
23 APELACIÓN DESAHUCIOS
24 OTROS PROCEDIMIENTOS DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS
25 ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS. PROCEDIMIENTO ORDINARIO
26 ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS. LEGISLACIÓN ESPECIAL
27 OTROS EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOS
28 IMPUGNACIONES DE ACUERDOS EN MATERIA DE PROPIEDAD HORIZONTAL
29 OTROS PROCEDIMIENTOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL
30 MEDIDAS PROVISIONALES
31 JUICIOS DE ALIMENTOS
32 SEPARACIONES
33 DIVORCIOS
34 NULIDADES
35 PROCEDIMIENTOS DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS JUDICIALES
36 PATERNIDAD
37 MENORES
38 REGISTROS CIVILES
39 OTROS DE DERECHO MATRIMONIAL Y DE FAMILIA
40 DECLARACIONES DE HEREDEROS AB INTESTATO
41 JUICIOS DE TESTAMENTARIA AB INTESTATO
42 OTROS EN MATERIA SUCESORIA
43 INTERDICTOS POSESORIOS
44 INTERDICTOS DE OBRA NUEVA
45 INTERDICTOS DE OBRA RUINOSA
46 RETRACTOS
47 APELACIÓN PENAL
48 ROLLO PENAL
49 OTROS EXPEDIENTES DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
50 QUITA – ESPERAS
51 SUSPENSIÓN DE PAGOS
52 CONCURSO DE ACREEDORES
53 QUIEBRAS
54 OTROS DE MATERIA CONCURSAL
55 ASUNTOS INCOADOS EN TRIBUNALES MARÍTIMOS PERMANENTES
56 RECURSOS ANTE EL TRIBUNAL MARÍTIMO CENTRAL
57 PROCEDIMIENTO DEL JURADO
59 OTROS ASUNTOS DE LA JURISDICCIÓN DE MARINA
60 RECLAMACIONES LABORALES DE CANTIDAD
61 RECLAMACIONES POR DESPIDO
62 RECLAMACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
63 PROCEDIMIENTO DE CONFLICTOS COLECTIVOS
64 EJECUCIÓN DE SENTENCIAS LABORALES
65 RECURSOS LABORALES DE SUPLICACIÓN
66 RECURSOS DE CASACIÓN LABORALES
67 EXPEDIENTES LABORALES DE CONSIGNACIÓN
69 OTROS EN MATERIA LABORAL
70 ASUNTOS PENALES INDETERMINADOS
71 DILIGENCIAS PENALES PREVIAS
74 PROCEDIMIENTO ABREVIADO
75 SUMARIOS
76 JUICIOS DE FALTAS
77 APELACIONES DE JUICIOS DE FALTAS
78 EJECUTORIAS PENALES
79 EXHORTOS PENALES Y COMISIONES ROGATORIAS
80 RECURSOS DE CASACIÓN
81 RECURSOS DE QUEJA
82 RECURSOS DE REVISIÓN
83 RECURSOS DE REFORMA
84 RECURSOS DE SÚPLICA
85 RECURSOS DE CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
86 RECURSOS DE AMPARO
87 RECURSOS DE INCONSTITUCIONAL
88 ASUNTOS DE JURISDICCIÓN MILITAR
89 OTROS RECURSOS
91 MEDIDAS CAUTELARES
92 CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, DERECHOS FUNDAMENTALES
93 CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO ORDINARIO
94 CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO ABREVIADO
95 EJECUCIONES CONTENCIOSAS
96 OTROS EN MATERIA DE MENORES
97 MENORES DILIGENCIAS PRELIMINARES
98 MENORES EXPEDIENTE DE REFORMA
99 ART. 344/546 CÓDIGO PENAL (DROGA)
Número de Cuenta | Órgano judicial | tlf |
CASTELLON | ||
O696 | Juzgado social 3 | 964621435 |
1112 | Seccion menores fiscalia aud.Prov. | 964621587 |
1322 | Audiencia prov. Secc. 1 | 964621606 |
1323 | Juzgado 1ª instancia 1 | 964621511 |
1325 | Juzgado 1ª instancia 3 | 964621525 |
1326 | Juzgado 1ª instancia 4 | 964621532 |
1328 | Juzgado 1ª instancia 2 | 964621518 |
1332 | Juzgado social 2 | 964621429 |
1333 | Juzgado 1ª instancia 5 | 964621539 |
1334 | Juzgado de instruccion 1 | 964621643 |
1335 | Juzgado de instruccion 2 | 964621650 |
1336 | Juzgado de menores 1 | 964621593 |
1337 | Juzgado penal 1 | 964621484 |
1338 | Juzgado penal 2 | 964621490 |
1339 | Juzgado de instruccion 3 | 964621657 |
1340 | Juzgado 1ª instancia 6 | 964621546 |
1341 | Juzgado penal 3 | 964621496 |
1343 | Juzgado de instruccion 4 | 964621664 |
1345 | Juzgado contencioso admtivo. 2 | 964621461 |
1375 | Audiencia prov. Secc. 2 | 964621615 |
1417 | Juzgado contencioso admtivo. 1 | 964621455 |
1418 | Audiencia prov. Secc. 3 | 964621626 |
1419 | Juzgado decano | 964621503 |
2091 | Juzgado 1ª instancia 7 | 964621553 |
2109 | Juzgado de instruccion 5 | 964621671 |
2713 | Juzgado mercantil 1 | 964621448 |
2728 | Juzgado vigilancia penitenciaria 4 ca valencia | 964621441 |
3415 | Juzgado violencia sobre la mujer 1 | 964621702 |
4160 | Juzgado social 4 | 964621417 |
4176 | Juzgado penal 4 | 964621714 |
4937 | Juzgado de instruccion 6 | 964621745 |
4961 | Juzgado 1ª instancia 8 | 964621753 |
5064 | Juzgado 1ª instancia 9 | 964621870 |
5471 | Juzgado social 1 | 964621423 |
VINAROS | ||
1349 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 3 | 964452455 |
1352 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 1 | 964452400 |
1354 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 2 | 964452252 |
1407 | Juzgado penal 1 | 964455545 |
1421 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 4 | 964455750 |
3447 | Juzgado decano | 964455545 |
4159 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 5 | 963866000 |
SEGORBE | ||
1346 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 1 | 964710671 |
VILLARREAL | ||
1350 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 1 | 964738278 |
1356 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 2 | 964738282 |
1357 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 3 | 964738286 |
2782 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 4 | 964738290 |
2811 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 5 | 964738294 |
4416 | Juzgado violencia sobre la mujer 1 | 964738274 |
NULES | ||
1342 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 1 | 964670769 |
1351 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 2 | 964670804 |
1355 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 3 | 964670818 |
3735 | Juzgado 1ª inst e instrucc. 4 | 964673051 |