CUENTAS DE DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES JUDICIALES: INFORMACIÓN GENERAL

Tanto los depósitos como las consignaciones judiciales son aquellos que se constituyen a disposición de los órganos de la Administración de Justicia en el ámbito de los procesos judiciales.
En concreto, son depósitos judiciales:

  • Los que se constituyen en cumplimiento de garantías, fianzas, cauciones u otros requisitos procesales establecidos por las leyes.
  • Los que se realicen como consecuencia de la intervención, aprehensión o incautación de moneda metálica, billetes de banco, cheques bancarios o valores realizables, efectuados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, por Vigilancia Aduanera o cualquier otro funcionario público, poniéndose a disposición de la autoridad judicial competente.
  • Cualquier ingreso que se realice como consecuencia o aseguramiento del embargo de bienes y el de las cantidades que se hallaren durante la práctica de diligencias judiciales.

Son consignaciones judiciales:

  • Aquéllas que se realizan en ejecución voluntaria o forzosa de títulos que lleven aparejada ejecución.
  • Las que se realicen con finalidad liberatoria por el obligado al pago de una cantidad, o en otros supuestos legalmente establecidos.

Los ciudadanos que, siendo parte de un procedimiento judicial, deban abonar fianzas (por ejemplo, para eludir la prisión o asegurar determinado tipo de responsabilidades), realizar depósitos (para poder recurrir las resoluciones judiciales) o pagar multas impuestas por las autoridades judiciales.

  • Cualquier ciudadano que, aún no siendo parte en un proceso judicial, quiera realizar determinados actos con relevancia procesal, como es participar en una subasta judicial.
  • El empresario en el supuesto de despido improcedente, cuando opte por la indemnización en lugar de readmitir al trabajador despedido, y al objeto de poner a disposición de éste la indemnización.
  • Aquéllas personas que adeudan una cantidad a otra, ante la negativa de ésta a recibir el pago.
  • Aquéllas personas o entidades que reciban una orden de embargo o, en su caso, de retención y posterior puesta a disposición por orden de un órgano judicial.
  • En general, cualquier persona que reciba una comunicación judicial de poner a disposición del órgano judicial una determinada cantidad.
  • Los Procuradores de los Tribunales podemos  proceder al ingreso de estos Depósitos o Consignaciones en nombre de nuestros mandantes, siempre que hayamos sido provisionados convenientemente.

Los depósitos y consignaciones judiciales se realizan mediante ingresos de cantidades en una “Cuenta de Depósitos y Consignaciones” abierta en la Entidad de crédito que designe el Ministerio de Justicia. La Entidad de crédito actualmente designada es Banco Santander.
El ingreso se puede llevar a cabo únicamente de las dos maneras siguientes:

  • A) PERSONÁNDOSE en cualquier oficina de Banco Santander (o de la entidad colaboradora en caso de no existir oficina de Banco Santander en la plaza del juzgado):
    • El ingreso se tiene que acompañar de un formulario (“Resguardo de Ingreso”) que se podrá solicitar en la oficina o en el juzgado. En dicho formulario deberá constar con carácter obligatorio el nombre del órgano judicial o, en su caso, el Servicio Común Procesal que ordena el ingreso y, al menos, los siguientes datos: nombre o razón social de quien realiza el ingreso y de la persona por cuenta de quien se realiza, Número de Identificación Fiscal y domicilio del ordenante, cantidad de la operación reflejada en letras y cifras, concepto en el que se realiza la misma, fecha de la operación y código completo de la cuenta expediente sobre la que se realiza ésta.
    • Los 16 dígitos correspondientes al Procedimiento le serán facilitados necesariamente por el órgano judicial; si así lo considera éste se le puede entregar el formulario “Resguardo de Ingreso” ya cumplimentado. En su defecto, la oficina de Banco Santander puede colaborar en la obtención cumplimentada de dicho Resguardo.
      Deberá conservar cuidadosamente el ejemplar del resguardo de ingreso debidamente sellado y certificado por el banco dado que es la única prueba de ingreso que le será otorgada y deberá presentar en caso de error o de discrepancia.
    • El ingreso se podrá hacer:
      • A.1) EN EFECTIVO:
        • Las monedas admisibles son: el EURO (EUR) o cualquiera de las divisas convertibles al Euro siguientes: Dólar Australiano (AUD), Dólar Canadiense (CAD), Franco Suizo (CHF), Corona Danesa (DKK), Libra Esterlina (GBP), Yen Japonés (JPY), Corona Noruega (NOK), Corona Sueca (SEK) , Dólar Usa (USD), Dólar Neozelandés (NZD) y Dirhams marroquíes (MAD).
        • Si tiene cuenta en Banco Santander, se puede solicitar el ingreso directamente desde su cuenta sin necesidad de hacer un reintegro previo.
      • A.2) MEDIANTE CHEQUE:
        • Puede hacer el ingreso con cheque bancario o cheque conformado.
        • El cheque irá a nombre del Juzgado o Tribunal que le ha ordenado el ingreso. También se admiten cheques a nombre de la entidad bancaria (Banco Santander).
        • No se admitirán cheques al portador, ni cheques de cuentas corrientes, ni cheques EMITIDOS EN EL EXTRANJERO (cualquiera que sea su moneda de emisión) aunque sean países de la UE. Solo serán válidos los cheques bancarios o conformados denominados en EUR (Euros) y emitidos por entidades establecidas en España y participantes del Sistema Nacional de Compensación.
  • B) MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA:
    • B.1) Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:
      • Emitir la transferencia a la cuenta bancaria de 20 dígitos (CCC) siguiente:
      • I.B.A.N.: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274
      • En el campo ORDENANTE, se indicará el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso, así como NIF /CIF de la misma.
      • En el campo BENEFICIARIO, se identificará al Juzgado o Tribunal que ordena el ingreso.
      • En el campo OBSERVACIONES O CONCEPTO DE LA TRANSFERENCIA, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al Procedimiento.
    • MUY IMPORTANTE: Estos 16 dígitos correspondientes al Procedimiento tienen que consignarse en un solo bloque. Es importante que este bloque de 16 dígitos este separado de lo que se ponga en el resto del campo por espacios.
      Si no se consignan estos dieciséis dígitos o se escriben erróneamente, la transferencia será repelida por imposibilidad de identificación del expediente judicial y será devuelta a origen.

      • Ejemplo 1 (VALIDO):
        9996000005023498 (alquiler mayo-03 C/Carmen 3-4º-1ª) Beatriz Camposanto Beltrán
        9996-0000-05-0234-98 (alquiler mayo-03 C/Carmen 3-4º-1ª) Beatriz Camposanto Beltrán
      • Ejemplo 2 (NO VALIDO):
        9996000005023498(alquiler mayo-03 C/Carmen 3-4º-1ª) Beatriz Camposanto Beltrán
        9996-0000-05-Proc.0234-98 (alquiler mayo-03 C/Carmen 3-4º-1ª) Beatriz Camposanto Beltrán
  • B.2) Si tiene cuenta en Banco Santander, y desea realizar la transferencia desde ella, puede utilizar la Banca Online Supernet por Internet (www.bancosantander.es)
    • Pestaña Particulares, Supernet 2.0, ACCESO A MI BANCO. Posición Global >>Pagos y Donaciones>> Pagos>>Pago de Consignaciones Judiciales, o
    • Pestaña Empresas, Acceso Rápido, Consignaciones Judiciales,
      y consignar los 16 dígitos correspondientes al Procedimiento al cual efectuar el ingreso, así como el concepto del mismo, consiguiendo el ingreso inmediato en la cuenta judicial las 24H del día sin colas en la oficina ni pérdida de tiempo. Puede contactar con la entidad para los detalles operativos.
  • B.3) Para grandes empresas, aseguradoras, etc, se recomienda contactar con la entidad bancaria ya que tiene definido un procedimiento que facilita las transferencias masivas (inspirado en el Cuaderno 34 de la AEB).

Tabla de Cuentas de Depósitos y Consignaciones judiciales.
Se proporciona una tabla con datos actualizados de las Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales. La misma contiene datos de los órganos judiciales así como de las oficinas de la Entidad Bancaria que gestionan estas cuentas. Entre los datos de los órganos judiciales se encuentra los dígitos de la cuenta de cada órgano judicial (cuatro dígitos), así como el estado de la misma: alta (en ella se pueden realizar ingresos y cobrar Mandamientos de Devolución de Pago) y bloqueada (en este estado no se admiten ingresos pero sí el cobro de Mandamientos de Pago.

Enlace para los ingresos judiciales: AQUÍ

Aquí les detallamos las claves de los distintos procedimientos judiciales, imprescindibles para la realización de una consignación judicial.

CLAVE    CLASE DE PROCEDIMIENTO
0    PROCEDIMIENTOS SIN DETERMINAR
1    APELACIÓN (LEY 1/2000)
2    JUICIO VERBAL INFERIOR A 2000 €
3    JUICIO VERBAL SUPERIOR A 2000 €
4    JUICIO ORDINARIO
5    EJECUCIÓN
6    EJECUCIÓN DE BIENES HIPOTECADOS Y PIGNORADOS
7    JUICIO CAMBIARIO
8    MONITORIO
9    DILIGENCIAS PRELIMINARES
10    ASUNTOS CIVILES INDETERMINADOS
11    EXHORTOS CIVILES
12    APELACIONES CIVILES
13    JUICIOS VERBALES
14    JUICIOS DE COGNICIÓN
15    DECLARATIVOS DE MENOR CUANTÍA
16    DECLARATIVOS DE MAYOR CUANTÍA
17    EJECUTIVOS
18    PROCEDIMIENTO SUMARIO HIPOTECARIO
19    PROCESOS DEL ARTÍCULO 41 DE LA LEY HIPOTECARIA
20    ARRENDAMIENTOS URBANOS
21    ARRENDAMIENTOS URBANOS PROCEDIMIENTO ESPECIAL
22    DESAHUCIOS
23    APELACIÓN DESAHUCIOS
24    OTROS PROCEDIMIENTOS DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS
25    ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS. PROCEDIMIENTO ORDINARIO
26    ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS. LEGISLACIÓN ESPECIAL
27    OTROS EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOS
28    IMPUGNACIONES DE ACUERDOS EN MATERIA DE PROPIEDAD HORIZONTAL
29    OTROS PROCEDIMIENTOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL
30    MEDIDAS PROVISIONALES
31    JUICIOS DE ALIMENTOS
32    SEPARACIONES
33    DIVORCIOS
34    NULIDADES
35    PROCEDIMIENTOS DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS JUDICIALES
36    PATERNIDAD
37    MENORES
38    REGISTROS CIVILES
39    OTROS DE DERECHO MATRIMONIAL Y DE FAMILIA
40    DECLARACIONES DE HEREDEROS AB INTESTATO
41    JUICIOS DE TESTAMENTARIA AB INTESTATO
42    OTROS EN MATERIA SUCESORIA
43    INTERDICTOS POSESORIOS
44    INTERDICTOS DE OBRA NUEVA
45    INTERDICTOS DE OBRA RUINOSA
46    RETRACTOS
47    APELACIÓN PENAL
48    ROLLO PENAL
49    OTROS EXPEDIENTES DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
50    QUITA – ESPERAS
51    SUSPENSIÓN DE PAGOS
52    CONCURSO DE ACREEDORES
53    QUIEBRAS
54    OTROS DE MATERIA CONCURSAL
55    ASUNTOS INCOADOS EN TRIBUNALES MARÍTIMOS PERMANENTES
56    RECURSOS ANTE EL TRIBUNAL MARÍTIMO CENTRAL
57    PROCEDIMIENTO DEL JURADO
59    OTROS ASUNTOS DE LA JURISDICCIÓN DE MARINA
60    RECLAMACIONES LABORALES DE CANTIDAD
61    RECLAMACIONES POR DESPIDO
62    RECLAMACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
63    PROCEDIMIENTO DE CONFLICTOS COLECTIVOS
64    EJECUCIÓN DE SENTENCIAS LABORALES
65    RECURSOS LABORALES DE SUPLICACIÓN
66    RECURSOS DE CASACIÓN LABORALES
67    EXPEDIENTES LABORALES DE CONSIGNACIÓN
69    OTROS EN MATERIA LABORAL
70    ASUNTOS PENALES INDETERMINADOS
71    DILIGENCIAS PENALES PREVIAS
74    PROCEDIMIENTO ABREVIADO
75    SUMARIOS
76    JUICIOS DE FALTAS
77    APELACIONES DE JUICIOS DE FALTAS
78    EJECUTORIAS PENALES
79    EXHORTOS PENALES Y COMISIONES ROGATORIAS
80    RECURSOS DE CASACIÓN
81    RECURSOS DE QUEJA
82    RECURSOS DE REVISIÓN
83    RECURSOS DE REFORMA
84    RECURSOS DE SÚPLICA
85    RECURSOS DE CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
86    RECURSOS DE AMPARO
87    RECURSOS DE INCONSTITUCIONAL
88    ASUNTOS DE JURISDICCIÓN MILITAR
89    OTROS RECURSOS
91    MEDIDAS CAUTELARES
92    CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, DERECHOS FUNDAMENTALES
93    CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO ORDINARIO
94    CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO ABREVIADO
95    EJECUCIONES CONTENCIOSAS
96    OTROS EN MATERIA DE MENORES
97    MENORES DILIGENCIAS PRELIMINARES
98    MENORES EXPEDIENTE DE REFORMA
99    ART. 344/546 CÓDIGO PENAL (DROGA)

Número de Cuenta Órgano judicial tlf
CASTELLON
O696 Juzgado social 3 964621435
1112 Seccion menores fiscalia aud.Prov. 964621587
1322 Audiencia prov. Secc. 1 964621606
1323 Juzgado 1ª instancia 1 964621511
1325 Juzgado 1ª instancia 3 964621525
1326 Juzgado 1ª instancia 4 964621532
1328 Juzgado 1ª instancia 2 964621518
1332 Juzgado social 2 964621429
1333 Juzgado 1ª instancia 5 964621539
1334 Juzgado de instruccion 1 964621643
1335 Juzgado de instruccion 2 964621650
1336 Juzgado de menores 1 964621593
1337 Juzgado penal 1 964621484
1338 Juzgado penal 2 964621490
1339 Juzgado de instruccion 3 964621657
1340 Juzgado 1ª instancia 6 964621546
1341 Juzgado penal 3 964621496
1343 Juzgado de instruccion 4 964621664
1345 Juzgado contencioso admtivo. 2 964621461
1375 Audiencia prov. Secc. 2 964621615
1417 Juzgado contencioso admtivo. 1 964621455
1418 Audiencia prov. Secc. 3 964621626
1419 Juzgado decano 964621503
2091 Juzgado 1ª instancia 7 964621553
2109 Juzgado de instruccion 5 964621671
2713 Juzgado mercantil 1 964621448
2728 Juzgado vigilancia penitenciaria 4 ca valencia 964621441
3415 Juzgado violencia sobre la mujer 1 964621702
4160 Juzgado social 4 964621417
4176 Juzgado penal 4 964621714
4937 Juzgado de instruccion 6 964621745
4961 Juzgado 1ª instancia 8 964621753
5064 Juzgado 1ª instancia 9 964621870
5471 Juzgado social 1 964621423
VINAROS
1349 Juzgado 1ª inst e instrucc. 3 964452455
1352 Juzgado 1ª inst e instrucc. 1 964452400
1354 Juzgado 1ª inst e instrucc. 2 964452252
1407 Juzgado penal 1 964455545
1421 Juzgado 1ª inst e instrucc. 4 964455750
3447 Juzgado decano 964455545
4159 Juzgado 1ª inst e instrucc. 5 963866000
SEGORBE
1346 Juzgado 1ª inst e instrucc. 1 964710671
VILLARREAL
1350 Juzgado 1ª inst e instrucc. 1 964738278
1356 Juzgado 1ª inst e instrucc. 2 964738282
1357 Juzgado 1ª inst e instrucc. 3 964738286
2782 Juzgado 1ª inst e instrucc. 4 964738290
2811 Juzgado 1ª inst e instrucc. 5 964738294
4416 Juzgado violencia sobre la mujer 1 964738274
NULES
1342 Juzgado 1ª inst e instrucc. 1 964670769
1351 Juzgado 1ª inst e instrucc. 2 964670804
1355 Juzgado 1ª inst e instrucc. 3 964670818
3735 Juzgado 1ª inst e instrucc. 4 964673051